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Edicto comunicación primera voluntaria 2024 – SUMA Gestión Tributaria

AJUNTAMENT DE SANT JOAN D’ALACANT
EDICTO

Se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que, a partir del próximo día
5 de marzo y hasta el 10 de mayo, ambos inclusive, tendrá lugar la cobranza voluntaria de los siguientes tributos:

Gestión Suma:
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Recogida de Residuos Sólidos Urbanos

Gestión Ayuntamiento:
Entrada de vehículos

El pago de recibos podrá realizarse: POR INTERNET en: www.suma.es

  • Sin Certificado Digital : Con el dato de Referencia o CSV
    CON TARJETA / CON BIZUM
  • Con Certificado Digital SEDE ELECTRÓNICA:
    – Pago con tarjeta.
    – Pago con BIZUM
  •  
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  •  EN SU BANCA ELECTRÓNICA
    www.bancsabadell.com
  • www.bancosantander.es 
  • www.cajamar.es
  • www.grupocooperativocajamar.es 
  • www.bbva.es
  • www.caixabank.es 
  • www.ruralcentral.es 
  • www.ruralvia.com

POR TELÉFONO (965 292 000): De 8 a 21 horas de lunes a viernes.

                                                          De 10 a 14 horas los sábados.

Solicite la información necesaria para realizar el pago CON TARJETA. Imprescindible facilitar el Código Seguro de Verificación (CSV) del recibo.

PRESENCIAL: EN LAS OFICINAS DE SUMA. GESTIÓN TRIBUTARIA CON TARJETA

Horario de 8:30 a 14:00 horas de lunes a viernes. Suma Gestión Tributaria pone a su disposición el Servicio de Cita Previa que permite concertar día y hora para ser atendido en las Oficinas tributarias y realizar diversas gestiones. También cualquier consulta podrá ser atendida en los canales no presenciales disponibles: Teléfono de Atención al Contribuyente 965 292 000 y en suma.es (chat on-line y Suma Responde).

EN ENTIDADES COLABORADORAS Y CAJEROS AUTOMÁTICOS: En cualquiera de las Sucursales de las entidades bancarias colaboradoras: 

  • Sabadell
  • Santander
  • BBVA
  • CaixaBank
  • CAJAMAR
  • Caja Rural
  • Caixa Ontinyent
  • Caja Rural Central
  • CaixaCallosa
  • CAIXALTEA
  • Caixapetrer
  • Eurocaja Rural
  • Caixa Popular 

EN LAS OFICINAS DE CORREOS – POR GIRO POSTAL: Este medio de pago está sujeto a un coste que fija la Sociedad Estatal de Correos y debe satisfacerse por el solicitante del servicio. 

POR DOMICILIACIÓN: 

Los recibos domiciliados, se cargarán el 3 de mayo de 2024 en la cuenta de la entidad financiera indicada en la orden de domiciliación. Tendrán efecto en este periodo voluntario las domiciliaciones recibidas y formalizadas en Suma hasta el 25 de abril de 2024. Los datos relativos a las domiciliaciones podrán consultarse en cualquier oficina de Suma o en el teléfono de atención al contribuyente 965 292 000. Así mismo, se detallarán en el aviso de recibos domiciliados en www.suma.es, de cuya disponibilidad se informará a través de correo electrónico a la dirección aportada por el contribuyente. En caso de no recepción en el domicilio del documento de cobro o extravío del mismo, los contribuyentes podrán obtener un duplicado del siguiente modo:

  • En cualquiera de las Oficinas de Suma. Gestión Tributaria durante todo el periodo de cobranza. De 8:30 a 14:00 horas.
  • En su municipio, los días señalados en el itinerario: En Cl Rambla, 19. Del 5 de marzo al 10 de mayo.
  • En www.suma.es
  • Por teléfono en el 965 292 000. De 8:00 a 21:00 horas de lunes a viernes. De 10:00 a 14:00 horas los sábados.

La no recepción del documento de cobro por el contribuyente no eximirá a éste de la obligación del pago, debiendo interesar la obtención del duplicado mencionado en el párrafo anterior.

Se recuerda la conveniencia de hacer uso de la modalidad de pago por domiciliación de los recibos. En www.suma.es, Teléfono de Atención al Contribuyente 965 292 000 y Oficinas de Suma, hasta 15 días antes de finalizar el periodo voluntario se podrá domiciliar con efecto en el periodo voluntario objeto del presente Edicto. Las domiciliaciones que se realicen en Entidades financieras en el momento del pago, serán para próximos periodos, con arreglo a las normas señaladas en el art. 38 del Reglamento General de Recaudación

A partir del día 11 de mayo, inclusive, todos los recibos pendientes de pago incurrirán en los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria, devengando intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.