El Ayto de Sant Joan, en sesión plenaria celebrada el día 26 de Noviembre de
1.- Ordenanza reguladora de las ayudas para el fomento de la oferta de vivienda en arrendamiento.
2.- Ordenanza reguladora de las ayudas para el acceso a la vivienda, en régimen de alquiler.
La primera de ellas pretende ser un instrumento para fomentar y estimular la oferta de vivienda en régimen de alquiler en nuestro municipio.
En palabras del Concejal de vivienda, JAVIER SÁNCHEZ,” existe una importante necesidad de vivienda, Sant Joan está considerada por la Consellería de Vivienda, como un área de necesidad de vivienda ponderada alta, con un índice del 2,33( teniendo en cuenta que a partir 1,14 es alta).
Creo que es un deber de la Administración Local, el promover actuaciones para revertir dicha situación y remover los obstáculos y trabas que consideramos impiden que afloren al mercado viviendas en régimen de arrendamiento.”
Los requisitos principales para poder acogerse a esta ordenanza por parte de los propietarios de inmuebles en nuestro municipio serán:
- Poner a disposición del Ayto, mediante acuerdo con la Sociedad Municipal PYCSA, como entidad colaboradora, un inmueble de su propiedad por un período mínimo de 5 años con la finalidad de ser destinado a vivienda habitual y permanente de arrendatarios seleccionados por la empresa municipal y validados por la aseguradora.
- La renta máxima del inmueble serán 550 euros.
El contenido de la ayuda para el propietario será de 100 euros para financiar los gastos de certificado energético, y de manera anual, 100 euros para sufragar el seguro de impago, 200 euros para el abono del seguro multiriesgo, 200 euros para los gastos de reparaciones, mantenimiento y mejora de habitabilidad y 500 euros de subvención anual directa para el propietario.
Con estos incentivos, remarcó JAVIER SÁNCHEZ,” pretendemos disipar las dudas que los propietarios de inmuebles en Sant Joan, puedan tener , para ofertar sus viviendas en el municipio”.
Respecto de la segunda ordenanza pretende ser una herramienta, para favorecer el acceso a la vivienda de aquellos sectores con dificultades para poder hacer frente a dicha rentas y complementar de esta forma las ayudas ya existentes y ofertadas por parte de la Administración Autonómica.
Se establece como requisitos
- Ser titular de un contrato de arrendamiento.
- Que la vivienda arrendada constituya la residencia permanente
- No superar el límite de ingresos establecido en la ordenanza.
La renta máxima de la vivienda, objeto del arrendamiento será de 650 euros.