El Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, a propuesta de la concejalía delegada de Educación, con carácter previo a su aprobación, saca a consulta pública la redacción de la ORDENANZA REGULADORA DEL PROGRAMA DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL, por el plazo de 5 días hábiles, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
(El borrador figura como anexo).
- Problemas a solucionar:
Tiene como personas destinatarias a menores de 2 a 12 años empadronados/as y /o escolarizados/as en los Centros educativos públicos de Educación Infantil 1º ciclo (2 años) y 2º ciclo o Educación Primaria de Sant Joan d´Alacant,
Se trata de contribuir a la conciliación de la vida familiar y laboral de las familias y ofrecer a los participantes actividades lúdico-educativas como medio de educación y recurso didáctico.
- Necesidad y oportunidad de su aprobación:
Con la presente actividad se pretende dar respuesta a la demanda de los padres y madres para cubrir las necesidades de las familias, compatibilizando su trabajo con el cuidado de sus hijo/as, así como disponer de opciones de atención para sus hijas/os a través de actividades educativas y de ocio y tiempo libre, con el objetivo de favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar.
- Objetivos de la norma.
Definir las condiciones y procedimiento a seguir para el acceso a las plazas del Programa de conciliación de la vida familiar y laboral, así como el régimen de funcionamiento.
- Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Resulta preciso aprobar esta Ordenanza para poder organizar el procedimiento de admisión garantizando a la ciudadanía el acceso al Programa de conciliación de la vida familiar y laboral bajo el principio de “publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación”, así como el sometimiento de su gestión a la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos
Las personas que quieran participar pueden hacerlo tanto a través de la Sede Electrónica, como de forma presencial en el Registro de Entrada. El plazo de consulta pública es de 5 días hábiles a partir de su publicación en la página web del Ayuntamiento.